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Renta 2025: Novedades, fechas y consejos para tu declaración

  • 7 abr
  • 4 min de lectura

Actualizado: hace 7 días

La Campaña de Renta correspondiente al ejercicio 2025 se extenderá desde el 8 de abril hasta el 30 de junio de 2026. Sin embargo, hay otras fechas importantes que debemos considerar.


Fechas clave de la Campaña de Renta 2025


A continuación, te presentamos las fechas principales de la Campaña de Renta 2025:


Marzo


  • 11 de marzo. Solicitud del número de referencia.

  • 18 de marzo. Acceso a datos fiscales a través de la app y la sede.


Abril


  • 8 de abril. Inicio de la presentación en Renta WEB por internet e inicio de solicitud de cita para atención telefónica (PLL).


Mayo


  • 6 de mayo. Inicio presentación Renta WEB atención telefónica (PLL).

  • 29 de mayo. Inicio solicitud de cita para atención presencial.


Junio


  • 1 de junio. Inicio presentación Renta WEB atención presencial en oficinas.

  • 25 de junio. Fecha límite de domiciliación de Renta a ingresar.

  • 29 de junio. Fin de solicitud de cita.

  • 30 de junio. Fin de campaña de Renta.


Solicitud de cita


Para ser atendido por la Agencia Tributaria, ya sea por teléfono o de forma presencial, puedes concertar una cita por internet, en la sede electrónica de la Agencia Tributaria, o llamando a los siguientes números:


  • 91 535 73 26 / 901 12 12 24 (teléfono automático).

  • 91 553 00 71 / 901 22 33 44 (servicio de cita para Renta).


Si necesitas una asesoría fiscal para ayudarte en tu declaración de renta de 2025, puedes contar con nosotros y contactarnos a través del siguiente enlace.


¿Quiénes están obligados a presentar la declaración?


No todos los contribuyentes están obligados a presentar la declaración del IRPF 2025. El artículo 96 de la Ley del IRPF establece una serie de importes que, de no superarse, exoneran de la obligación de declarar:


  • Hasta 22.000 euros anuales de rendimientos íntegros del trabajo, cuando:

- Procedan de un único pagador.

- Procedan de varios pagadores, pero la suma del segundo y restantes pagadores no supera los 1.500 euros anuales en conjunto.

- Procedan de varios pagadores, pero se trate de pensiones de la Seguridad Social y de clases pasivas, entre otros.


  • Hasta 15.876 euros anuales de rendimientos íntegros del trabajo, cuando:

- Procedan de varios pagadores y la suma del segundo y restantes pagadores supere los 1.500 euros anuales.

- Se perciban pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos no exentas.


  • Hasta 1.600 euros anuales en rendimientos del capital mobiliario y ganancias patrimoniales.


  • Hasta 1.000 euros anuales en rentas inmobiliarias imputadas.


Además, no tendrán que declarar los contribuyentes que obtengan exclusivamente rendimientos íntegros del trabajo, de capital o de actividades económicas, así como ganancias patrimoniales, con el límite conjunto de 1.000 euros anuales y pérdidas patrimoniales de cuantía inferior a 500 euros.


Aspectos y novedades a tener en cuenta


  • Los perceptores del Ingreso Mínimo Vital (IMV) están obligados a presentar la declaración de la renta, independientemente de las rentas percibidas.

  • Los perceptores de prestaciones por desempleo ya no están obligados a presentar la declaración por el mero hecho de cobrar el paro, siempre que no superen los límites generales de renta.


  • Los trabajadores por cuenta propia deben presentar la declaración de la renta, independientemente del rendimiento obtenido.


  • Si en 2025 obtuviste rendimientos del trabajo inferiores a 18.276 euros anuales, puedes aplicar una nueva deducción en la cuota del IRPF. Esta medida beneficia especialmente a perceptores del salario mínimo interprofesional.


Deducciones y cambios importantes


  • Las rentas del capital que superen los 300.000 euros tributarán al 30%, frente al 28% anterior.


  • Se mantienen las deducciones por mejoras de eficiencia energética en viviendas y por la compra de vehículos eléctricos.


  • Todas las ventas, intercambios o permutas de criptomonedas deben declararse como ganancias o pérdidas patrimoniales.


  • Desde 2025, puedes pagar tu declaración mediante Bizum, y el pago con tarjeta ya está disponible en cualquier entidad bancaria.


Consejos para hacer la declaración de la renta


1. Comprobar si tienes obligación de hacer la declaración de IRPF


Antes de presentar tu declaración, verifica si tienes la obligación de hacerla. Generalmente, estás exento si ganas menos de 22.000 euros de un único pagador. Si has tenido varios pagadores, el límite baja a 15.876 euros.


2. Verificar que los datos personales sean correctos


Es fundamental que todos tus datos personales estén actualizados. Cambios como el domicilio, estado civil o nacimiento de hijos deben estar reflejados.


3. Ingresos por maternidad o paternidad no tributan


Los ingresos vinculados a las prestaciones de maternidad y paternidad están exentos de tributación. Asegúrate de que no aparezcan en el apartado de rendimientos del trabajo.


4. Deducción por maternidad


Comprueba si te corresponde la deducción por maternidad para mujeres con hijos menores de tres años.


5. Mayores deducciones familiares


Si tienes derecho a deducciones familiares, asegúrate de que los datos correspondientes estén en tus datos fiscales.


6. Deducción por familia en otro Estado de la Unión Europea


Si uno de los miembros de tu familia reside en otro Estado miembro, verifica si puedes beneficiarte de esta deducción.


7. Comprobar la información de los inmuebles


Asegúrate de que toda la información de los inmuebles y sus referencias catastrales esté correcta.


8. Deducción por invertir en empresas de nueva creación


Revisa si puedes beneficiarte de la deducción por invertir en empresas de nueva creación.


9. Comprobar planes de pensiones


Verifica que las aportaciones a planes de pensiones estén incluidas.


10. Deducción por inversión en vivienda habitual


Si tienes derecho a la deducción por inversión en vivienda habitual, asegúrate de que la información esté correcta.


11. Deducción por alquiler de la vivienda habitual


Si tu contrato de alquiler es anterior al 1 de enero de 2015, verifica que la deducción esté reflejada en las casillas correspondientes.


12. Deducciones autonómicas


Si tienes derecho a alguna deducción autonómica y no figura en el borrador, consígala en las casillas correspondientes.


13. Comprobar que la situación familiar está correcta


Si ha habido cambios en tu situación familiar, asegúrate de que estén reflejados en la declaración.


Con estos consejos y la información actualizada, estamos aquí para ayudarte a realizar tu declaración de la renta de manera efectiva y sin complicaciones. ¡No dudes en contactarnos para cualquier duda o asesoría!

 
 
 

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