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Modelo 360: cómo recuperar el IVA pagado en otros países de la Unión Europea y qué deben tener en cuenta las empresas canarias

hace 4 días
9 min de lectura

presentar modelo 360


Las empresas y los profesionales que soportan IVA en otros Estados miembros pueden solicitar su devolución a través de un procedimiento electrónico, siempre que cumplan determinados requisitos. Conocer los gastos admitidos, los importes mínimos y los plazos de presentación resulta esencial para evitar la pérdida de este derecho.


1. ¿Qué es el Modelo 360 y para qué sirve?


El Modelo 360 es el formulario electrónico habilitado por la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) para solicitar la devolución del IVA soportado en otros Estados miembros de la Unión Europea por empresarios y profesionales que reúnen los requisitos legales.


Su finalidad es permitir que las empresas recuperen determinadas cuotas de IVA satisfechas en el extranjero por gastos relacionados con su actividad económica.


Por ejemplo, una empresa española que desplaza a sus trabajadores a Alemania para participar en una feria profesional puede soportar IVA alemán en determinados gastos de alojamiento, transporte o servicios contratados durante el viaje.


Si se cumplen los requisitos establecidos por la normativa alemana y europea, podrá solicitar la devolución de las cuotas correspondientes sin necesidad de presentar directamente una declaración ordinaria de IVA en Alemania.


La solicitud se tramita electrónicamente a través de la Administración tributaria del Estado miembro de establecimiento, que la remite al país en el que se soportó el impuesto.


No obstante, conviene aclarar que el Modelo 360 no sirve para recuperar cualquier IVA extranjero ni garantiza automáticamente la devolución de todas las facturas.


El derecho a recuperar el impuesto depende de la naturaleza del gasto, de su vinculación con la actividad empresarial y de las normas de deducibilidad vigentes en el Estado que debe efectuar la devolución.


Tampoco debe confundirse con el Modelo 361, utilizado en determinados procedimientos de devolución del IVA español a empresarios o profesionales no establecidos en el territorio de aplicación del impuesto.


2. ¿Quién puede presentar el Modelo 360?


Pueden utilizar este procedimiento, entre otros, los empresarios y profesionales establecidos en España que soporten IVA en otro Estado miembro y cumplan los requisitos exigidos.


También pueden utilizarlo los empresarios establecidos en Canarias, Ceuta o Melilla, con las particularidades que analizaremos más adelante.


No obstante, para solicitar la devolución deben cumplirse determinadas condiciones, entre ellas que los gastos estén vinculados a la actividad económica y que las cuotas sean recuperables conforme a la legislación del Estado de devolución.


Además, con carácter general, este procedimiento está dirigido a empresarios no establecidos en el Estado donde soportan el IVA y que no realizan allí operaciones que les obliguen a acudir a los mecanismos ordinarios de declaración, sin perjuicio de las excepciones legalmente previstas.


Por tanto, no basta con tener una factura extranjera: es necesario comprobar que se cumplen los requisitos para utilizar este procedimiento especial.


3. ¿Qué gastos permiten recuperar el IVA?


Entre los gastos que pueden dar lugar a una devolución se encuentran los relacionados con desplazamientos profesionales, viajes de negocios, ferias comerciales y actividades empresariales desarrolladas en otros Estados miembros.


Sin embargo, cada país establece sus propias reglas sobre deducibilidad y puede limitar o excluir determinados gastos.

Tipo de gasto

Posibilidad de devolución

Alojamiento por viajes profesionales

Según las normas del país

Restauración y manutención

Puede estar limitada o excluida

Carburantes

Sujeto a restricciones

Alquiler de vehículos

Depende del uso y la normativa

Ferias y congresos

Generalmente recuperable si cumple los requisitos

Peajes y aparcamientos

Según la legislación aplicable

Gastos de representación

Frecuentemente restringidos


Por ejemplo, una factura de hotel con IVA alemán no tiene necesariamente el mismo tratamiento que una factura de restauración con IVA francés.


El país que debe efectuar la devolución es quien examina si el gasto cumple los requisitos establecidos por su legislación.


También debe comprobarse que el IVA haya sido correctamente repercutido. Una cuota cobrada indebidamente por un proveedor no se convierte en recuperable simplemente por incluirse en el Modelo 360.


4. Documentación necesaria antes de preparar la solicitud


Antes de comenzar a cumplimentar el formulario, resulta recomendable reunir todas las facturas y justificantes del periodo correspondiente.


La información más importante comprende:


  • Facturas completas, con identificación del proveedor, número, fecha, concepto e IVA repercutido.

  • Datos fiscales del empresario o profesional solicitante.

  • Identificación del país donde se soportó el impuesto.

  • Base imponible y cuota de IVA de cada operación.

  • Clasificación de los gastos conforme a los códigos previstos en el formulario.

  • Datos bancarios para recibir la devolución.

  • Certificado electrónico o sistema de identificación admitido para la presentación.


La documentación debe permitir acreditar que las adquisiciones se encuentran vinculadas a la actividad empresarial.


No siempre es obligatorio adjuntar todas las facturas desde el momento inicial. Algunos Estados exigen copias electrónicas cuando se superan determinados importes, habitualmente 1.000 euros de base imponible o 250 euros en el caso de carburantes, sin perjuicio de otros requerimientos documentales.


Por ello, es conveniente conservar los documentos originales y sus copias digitales durante el plazo legalmente exigible.


5. Cómo cumplimentar y presentar el Modelo 360 paso a paso


La presentación se realiza obligatoriamente por vía electrónica a través de la Sede de la Agencia Tributaria.


Procedimiento de presentación


AEAT


  1. Acceder a la Sede Electrónica. Seleccionar el procedimiento del Modelo 360 e identificarse mediante un sistema admitido.

  2. Indicar el país y el ejercicio. Seleccionar el Estado miembro al que se dirige la solicitud y el año al que corresponden las cuotas.

  3. Identificar al solicitante. Consignar los datos fiscales, el ámbito de establecimiento y, cuando proceda, los datos del representante.

  4. Determinar el periodo. Indicar las fechas de inicio y finalización del periodo de devolución.

  5. Incorporar las facturas. Registrar los datos del proveedor, las fechas, los importes, el impuesto soportado y los códigos de naturaleza del gasto.

  6. Aportar documentos cuando corresponda. Adjuntar los justificantes exigidos por el Estado de devolución.

  7. Revisar, firmar y presentar. Comprobar los datos y conservar el justificante electrónico de presentación.



La Agencia Tributaria dispone de instrucciones y guías específicas para las distintas modalidades del Modelo 360.


Un aspecto importante es que la solicitud se dirige a un Estado de devolución concreto. Por tanto, si una empresa ha soportado IVA en Francia, Alemania e Italia, deberá tramitar las solicitudes correspondientes a cada país, en lugar de presentar una única solicitud que agrupe todos los Estados.


6. Importes mínimos y plazos de presentación


La normativa establece determinadas cuantías mínimas para solicitar la devolución.


CUANTÍAS MÍNIMAS


400 €


Periodo inferior al año natural, pero de al menos tres meses.


50 €


Año natural completo o periodo restante hasta finalizar el año.


FECHA LÍMITE ORDINARIA


30 de septiembre


Del año siguiente a aquel en el que se soportaron las cuotas.


Así, el IVA soportado durante 2026 podrá solicitarse, con carácter general, hasta el 30 de septiembre de 2027.


Se trata de un plazo especialmente importante, porque su incumplimiento puede impedir la recuperación de las cuotas correspondientes.


No es recomendable esperar hasta los últimos días para presentar el formulario, especialmente cuando existen numerosas facturas o es necesario comprobar los requisitos de varios países.


7. Una particularidad importante: el Modelo 360 para empresarios y profesionales de Canarias


La aplicación del Modelo 360 a empresarios y profesionales establecidos en Canarias merece una atención especial, ya que las islas se encuentran fuera del territorio de aplicación del IVA y cuentan con su propio impuesto indirecto, el IGIC.


Esta circunstancia no significa que los empresarios canarios carezcan del derecho a recuperar el IVA soportado fuera del archipiélago.


De hecho, el Modelo 360 contempla expresamente procedimientos de devolución para empresarios y profesionales establecidos en Canarias, aunque deben distinguirse dos situaciones diferentes.


A. Devolución del IVA soportado en la Península y Baleares


Un empresario establecido en Canarias puede soportar IVA español cuando adquiere determinados bienes o contrata servicios en la Península o Baleares.


Pensemos, por ejemplo, en una empresa de Gran Canaria que participa en una feria comercial celebrada en Madrid y soporta IVA en gastos relacionados con esa actividad.


Si cumple los requisitos legales, podrá solicitar la devolución de las cuotas correspondientes mediante el Modelo 360.


En estos casos, la solicitud se dirige a España y es la Agencia Tributaria española la que tramita y resuelve el procedimiento.


Esta modalidad se encuentra relacionada con el artículo 119 de la Ley del IVA.


No obstante, debe comprobarse que las cuotas sean legalmente deducibles y que los gastos estén vinculados a operaciones que generen el derecho a devolución.


B. Devolución del IVA soportado en otros países de la Unión Europea


La segunda situación se produce cuando un empresario canario soporta IVA en otro Estado miembro, por ejemplo, Alemania, Francia o Italia.


También existe una modalidad del Modelo 360 para solicitar la devolución de estas cuotas.


La Agencia Tributaria contempla expresamente esta posibilidad para empresarios establecidos en Canarias, Ceuta y Melilla. No obstante, deben examinarse las condiciones del Estado de devolución y las particularidades derivadas de que Canarias no forma parte del territorio de aplicación del IVA armonizado.


Por tanto, conviene evitar una confusión frecuente: el Modelo 360 no es un procedimiento para recuperar el IGIC soportado en Canarias, sino el IVA satisfecho en territorios donde se aplica dicho impuesto.


La recuperación del IGIC se rige por la normativa canaria y sus procedimientos específicos.


Ejemplo práctico: una empresa canaria que participa en una feria en Alemania


Una empresa establecida en Tenerife participa en una feria profesional celebrada en Berlín y soporta los siguientes gastos, suponiendo que todos se encuentran correctamente sujetos al IVA alemán:

Concepto

Base imponible

IVA soportado

Alojamiento profesional

1.000 €

70 €

Inscripción y servicios de feria

3.000 €

570 €

Otros servicios profesionales

500 €

95 €

Total

4.500 €

735 €


Ejemplo meramente ilustrativo, con tipos hipotéticamente aplicables a los servicios descritos. La deducibilidad debe comprobarse según la legislación alemana y las circunstancias de cada gasto.


La empresa habría soportado 735 euros de IVA.


Si las cuotas cumplen los requisitos legales y el procedimiento resulta aplicable, podrá solicitar su devolución a través de la modalidad correspondiente del Modelo 360.


La operación no se transforma en un gasto sujeto al IGIC por el mero hecho de que la empresa tenga su domicilio fiscal en Canarias.


Esta distinción es fundamental para evitar errores de contabilización y declaración.


8. ¿Cuánto tarda Hacienda en devolver el IVA solicitado?


La devolución no se produce automáticamente después de presentar el Modelo 360.


Cuando la solicitud se refiere a cuotas soportadas en otro Estado miembro, la Agencia Tributaria española actúa como canal de presentación y remisión, mientras que corresponde al Estado de devolución examinar y resolver la solicitud.


Con carácter general, el plazo de resolución es de cuatro meses desde la recepción de la solicitud por la autoridad competente.


No obstante, cuando se requiere información adicional, el procedimiento puede prolongarse hasta seis u ocho meses, según las circunstancias.


La existencia de facturas incompletas, diferencias en los importes declarados o dudas sobre la deducibilidad de determinados gastos puede dar lugar a requerimientos de información.


Por ello, resulta recomendable comprobar periódicamente el estado de tramitación y atender las comunicaciones recibidas dentro de los plazos correspondientes.


9. Errores frecuentes que pueden impedir la devolución


La presentación del Modelo 360 no suele plantear grandes dificultades cuando la documentación se encuentra correctamente organizada. Sin embargo, determinados errores pueden ocasionar retrasos o la denegación total o parcial de la devolución.


Uno de los más habituales consiste en incluir gastos cuyo IVA no resulta deducible conforme a la legislación del Estado de devolución.


También pueden producirse problemas cuando se utilizan facturas simplificadas que no reúnen los requisitos exigidos, se identifican incorrectamente los proveedores o se consignan importes que no coinciden con la documentación original.


Otro error frecuente consiste en confundir el IVA extranjero con el IVA español o, en el caso de Canarias, con el IGIC.


Estos impuestos tienen ámbitos territoriales y procedimientos de recuperación diferentes.


También debe prestarse atención a la clasificación de los gastos, especialmente cuando se trata de restauración, vehículos, carburantes o gastos de representación, porque pueden estar sometidos a restricciones específicas.


Finalmente, debe evitarse la presentación fuera de plazo.


La pérdida del plazo ordinario puede tener consecuencias especialmente perjudiciales, ya que una empresa puede terminar asumiendo definitivamente un coste fiscal que habría podido recuperar.


10. Consejos prácticos para empresas y autónomos


Para facilitar la gestión del Modelo 360 resulta conveniente incorporar su preparación a los procedimientos habituales de administración y contabilidad.


La empresa debería identificar desde el momento de la recepción de las facturas cuáles contienen IVA extranjero y clasificarlas por países.


También resulta útil mantener un registro diferenciado de los gastos susceptibles de devolución, indicando su naturaleza, fecha, proveedor e importe.


En el caso de empresas que realizan desplazamientos internacionales frecuentes, puede ser recomendable revisar periódicamente las cuotas soportadas para determinar si se alcanzan los importes mínimos necesarios para presentar una solicitud.


Los empresarios canarios deben prestar especial atención a la correcta identificación del impuesto soportado, diferenciando el IVA español, el IVA de otros Estados miembros y el IGIC.


Asimismo, antes de solicitar la devolución, conviene comprobar que el gasto esté correctamente facturado y que resulte deducible conforme a las normas del país correspondiente.


Estas precauciones permiten reducir errores, evitar requerimientos y mejorar las posibilidades de recuperar las cuotas soportadas.


11. Conclusión: recuperar el IVA extranjero exige planificación y una correcta documentación


El Modelo 360 constituye una herramienta relevante para empresas y profesionales que desarrollan actividades económicas con dimensión internacional.


Su utilización permite solicitar la devolución de determinadas cuotas de IVA soportadas en territorios donde el empresario no se encuentra establecido, evitando que ese impuesto se convierta necesariamente en un coste definitivo para el negocio.


Sin embargo, el derecho a la devolución no es automático.


Depende del cumplimiento de los requisitos establecidos por la normativa, de la naturaleza de los gastos y de su correcta justificación documental.


Además, es imprescindible respetar los importes mínimos y los plazos de presentación, especialmente el límite general del 30 de septiembre del año siguiente.


En Canarias, el Modelo 360 adquiere una relevancia particular porque permite acceder a procedimientos de devolución del IVA soportado fuera del archipiélago, sin que ello deba confundirse con los mecanismos propios de recuperación del IGIC.


En definitiva, conocer el Modelo 360 y utilizarlo correctamente puede permitir a empresas y autónomos recuperar cantidades significativas de IVA que, por desconocimiento o falta de planificación, terminan convirtiéndose en un coste innecesario.


Referencias normativas y administrativas


 
 
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