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Dropshipping y fiscalidad: ¿vendes online sin stock?

5 sept
13 min de lectura
dropshipping


Crear una tienda online sin comprar previamente los productos, sin alquilar un almacén y sin ocuparse personalmente de los envíos parece una de las formas más sencillas de iniciar un negocio digital.


Este modelo, conocido como dropshipping, permite que el proveedor almacene y envíe directamente el producto al consumidor. El titular de la tienda se concentra en la selección del catálogo, la publicidad, la captación del cliente y la atención posterior a la venta.


Sin embargo, no tener existencias propias no significa carecer de obligaciones fiscales, aduaneras o de protección del consumidor.


El vendedor puede tener que repercutir IVA o IGIC, registrarse fiscalmente en otros países, declarar ventas mediante la ventanilla única, responder por importaciones y devoluciones y garantizar que los productos cumplen la normativa europea.


La aparente sencillez logística del dropshipping puede esconder una operativa fiscal considerablemente más compleja que la de una tienda convencional.


¿Qué es el dropshipping?


El dropshipping es un sistema de venta en el que el comerciante ofrece productos a través de una tienda online sin mantenerlos previamente en su propio almacén.


Cuando el cliente realiza el pedido:


  1. El cliente compra el producto en la tienda online.

  2. El vendedor recibe el pedido y el pago.

  3. El vendedor comunica la operación al proveedor.

  4. El proveedor prepara y envía el producto directamente al cliente.

  5. El cliente recibe la mercancía sin que esta haya pasado físicamente por las instalaciones del vendedor.


El margen del negocio procede normalmente de la diferencia entre el precio pagado por el cliente y el precio que el vendedor abona al proveedor, descontando los gastos de publicidad, plataformas, medios de pago, devoluciones y otros costes.


No siempre eres un simple intermediario


Uno de los errores más frecuentes consiste en afirmar que el titular de la tienda de dropshipping es únicamente un intermediario entre el proveedor y el consumidor.


Esto dependerá de cómo se haya configurado la relación contractual.


Si el titular de la tienda:


  • Fija el precio de venta.

  • Cobra directamente al cliente.

  • Emite la factura o justificante de compra.

  • Decide qué productos comercializa.

  • Asume las devoluciones y reclamaciones.

  • Compra el producto al proveedor después de recibir el pedido.

normalmente estará actuando como vendedor en nombre propio.


En ese caso se producen, desde el punto de vista jurídico y fiscal, dos operaciones:


  1. El proveedor vende el producto al titular de la tienda.


  2. El titular de la tienda vende el producto al consumidor.


El hecho de que exista un único transporte físico no elimina las dos relaciones comerciales.

Solo existirá una verdadera intermediación cuando el titular actúe en nombre y por cuenta ajena, cobre una comisión y el cliente contrate realmente con el proveedor. Esta situación debe resultar claramente de los contratos, la web, las facturas y el proceso de pago.


No se puede presentar el negocio como una venta frente al cliente y, posteriormente, sostener ante Hacienda que únicamente se prestó un servicio de intermediación.


Cómo se desarrolla una operación de dropshipping


El cliente realiza la compra


El consumidor selecciona el producto y paga su precio en la tienda online. Desde su perspectiva, está contratando con la persona o sociedad identificada en la web.


El vendedor procesa el pedido


El titular de la tienda recibe el pago, registra la venta y transmite al proveedor los datos necesarios para preparar el envío.


El proveedor envía la mercancía


El fabricante, mayorista o distribuidor expide el producto desde su almacén directamente a la dirección del cliente.


El vendedor mantiene la responsabilidad


Aunque no manipule el producto, el vendedor continúa siendo responsable frente al consumidor de la correcta ejecución del contrato cuando actúa en nombre propio.


No puede limitarse a remitir al cliente al proveedor extranjero si el producto no llega, es defectuoso o no coincide con lo anunciado.


La pregunta fiscal más importante: ¿desde dónde sale el producto?


Para determinar el IVA o el IGIC no basta con saber dónde vive el titular de la tienda ni dónde está alojada la página web.


Deben responderse al menos estas preguntas:


  • ¿En qué país se encuentra el producto cuando comienza el transporte?

  • ¿Dónde reside el cliente?

  • ¿Es un consumidor o una empresa?

  • ¿Quién organiza el transporte?

  • ¿A cuál de las dos ventas se atribuye el transporte?

  • ¿Quién figura como importador?

  • ¿Desde qué almacén se expide la mercancía?

  • ¿Cuál es el valor intrínseco del envío?

  • ¿Se utiliza una plataforma electrónica?

  • ¿La plataforma tiene la consideración de proveedor a efectos del IVA?


Un cambio de proveedor o almacén puede modificar por completo la tributación aunque la tienda, el dominio y el cliente continúen siendo los mismos.


Los principales escenarios fiscales

Recorrido de la mercancía

Cuestión principal

Proveedor y cliente en España peninsular

IVA español y tratamiento de las dos ventas

Proveedor en un Estado de la UE y consumidor en otro

Ventas a distancia, operaciones en cadena y posible utilización de OSS

Proveedor en China y consumidor en la UE

Importación, IVA, aduanas y posible IOSS

Mercancía situada en un país y entregada en ese mismo país

Posible obligación de registro fiscal local

Mercancía que no entra en España ni en la UE

Posible operación no sujeta al IVA español, sin perjuicio de la tributación del beneficio

Mercancía enviada a Canarias

Importación, IGIC, posible AIEM y trámites aduaneros

Mercancía expedida desde Canarias a la Península o la UE

Exportación desde Canarias e importación en el territorio de destino


Cada escenario debe analizarse por separado. No existe una regla general según la cual una tienda española deba repercutir siempre IVA español.


Proveedor situado en España y cliente español


Cuando el proveedor, el producto y el consumidor se encuentran en el territorio de aplicación del IVA, normalmente existirán operaciones interiores sujetas al impuesto.


El proveedor facturará al comerciante y este facturará al cliente final, siempre que actúe en nombre propio.


La ausencia de un almacén propio no impide que el comerciante deba:


  • Registrar la compra.

  • Contabilizar la venta.

  • Repercutir el IVA correspondiente.

  • Declarar el IVA devengado.

  • Conservar las facturas y justificantes.


La atribución del transporte dentro de la cadena debe analizarse según los contratos y las condiciones de entrega.


Ventas entre distintos países de la Unión Europea


Cuando el proveedor expide el producto desde un Estado miembro y el consumidor se encuentra en otro, pueden resultar aplicables las reglas de las ventas a distancia intracomunitarias.


Como principio general, estas ventas a consumidores tributan en el Estado de destino. El régimen de ventanilla única —OSS— permite declarar desde un único Estado miembro el IVA correspondiente a las ventas efectuadas en distintos países de la Unión.


Sin embargo, en el dropshipping existe una operación en cadena: el proveedor vende al comerciante y este al consumidor, mientras la mercancía realiza un único recorrido.


Antes de aplicar el régimen de ventas a distancia debe determinarse a cuál de las operaciones se atribuye el transporte. De ello dependerá si existe:


  • Una entrega intracomunitaria.

  • Una adquisición intracomunitaria.

  • Una venta a distancia.

  • Una entrega interior en otro Estado.

  • Una obligación de registro local.


El umbral europeo de 10.000 euros aplicable a determinadas ventas y servicios B2C no resuelve por sí solo todas las operaciones de dropshipping. Su aplicación exige cumplir las condiciones previstas para empresarios establecidos en un único Estado miembro.


Proveedor situado fuera de la Unión Europea


Uno de los modelos más habituales consiste en vender a consumidores europeos productos enviados directamente desde China u otro país tercero.


En estos casos existe una importación.


Debe determinarse quién será el importador:


  • El cliente.

  • El vendedor.

  • El proveedor.

  • La plataforma electrónica, en determinados supuestos.


Esta decisión afecta al IVA de importación, los derechos arancelarios, los gastos de gestión aduanera y la experiencia del comprador.


Si el cliente descubre al recibir el paquete que debe pagar impuestos y gastos no anunciados, podrá reclamar al vendedor cuando no hubiera sido informado correctamente del precio total y de las condiciones de entrega.


La ventanilla única de importación: IOSS


La Import One-Stop Shop permite simplificar la declaración del IVA en determinadas ventas a distancia de bienes importados desde países terceros cuando el valor intrínseco del envío no supera los 150 euros y se cumplen los restantes requisitos.


Mediante la IOSS:


  • El IVA del país de destino se cobra al cliente en el momento de la venta.

  • El vendedor o la plataforma declara el impuesto mediante la ventanilla única.

  • La importación puede beneficiarse de la exención técnica prevista cuando se facilita correctamente el número IOSS.

  • Se evita, en principio, que el comprador tenga que pagar el IVA al recibir el paquete.


La IOSS no resulta aplicable a todos los productos ni a envíos que superen el límite de 150 euros. Tampoco elimina los controles aduaneros, las restricciones sobre productos ni las obligaciones de seguridad.


La Agencia Tributaria ofrece información sobre los regímenes de ventanilla única OSS e IOSS.


Vender fuera de la UE no significa no tributar


Si una empresa o un autónomo residente en España vende productos que se envían desde China a clientes estadounidenses, es posible que la operación no quede sujeta al IVA español porque la mercancía nunca se encuentra en su territorio de aplicación.


Sin embargo, el beneficio obtenido sí deberá incluirse, según corresponda, en:


  • El IRPF del empresario individual.

  • El Impuesto sobre Sociedades de la sociedad.


Además, pueden existir obligaciones fiscales, aduaneras o de registro en el país del cliente o en aquel desde el que se envía la mercancía.


Una operación no sujeta al IVA español no es una operación fiscalmente invisible.


Dropshipping desde Canarias: IVA, IGIC y aduanas


El análisis presenta particularidades adicionales cuando el vendedor, el proveedor o el cliente se encuentran en Canarias.


Canarias forma parte del territorio aduanero de la Unión Europea, pero no del territorio de aplicación del IVA. En las islas se aplica el Impuesto General Indirecto Canario.


Por tanto, no basta con sustituir mecánicamente el IVA por el IGIC. Debe analizarse dónde se encuentra físicamente el producto.


Producto enviado desde la Península a un cliente canario


La salida de la mercancía desde el territorio de aplicación del IVA puede tener el tratamiento de una exportación o expedición exenta si se acredita correctamente.


La entrada en Canarias constituye una importación sujeta al IGIC y, dependiendo del producto, puede quedar sometida al Arbitrio sobre Importaciones y Entregas de Mercancías en Canarias —AIEM—.


Debe determinarse quién figura como importador y quién asume:


  • El IGIC de importación.

  • El AIEM, cuando corresponda.

  • El despacho aduanero.

  • Los gastos del transportista.


Producto enviado desde China directamente a Canarias


La mercancía se importa en Canarias, aunque el titular de la tienda esté establecido en las islas o en la Península.


La importación puede generar IGIC, AIEM y obligaciones aduaneras. Para determinados envíos de escaso valor existe un procedimiento simplificado mediante la declaración H7.


La franquicia y los procedimientos aplicables deben verificarse en la fecha de cada operación, especialmente ante las reformas europeas y canarias en materia de comercio electrónico.


Empresa canaria que utiliza un almacén en la UE


Una sociedad domiciliada en Canarias puede quedar obligada a registrarse a efectos del IVA si la mercancía se encuentra en un almacén de la Península, Alemania, Francia u otro Estado miembro y desde allí se entrega a los consumidores.


El domicilio fiscal en Canarias y la tributación por IGIC no impiden que existan obligaciones de IVA en el territorio donde se almacena o entrega la mercancía.


Producto que no entra en Canarias


Si una empresa canaria vende un producto enviado desde China directamente a un cliente de Francia, la operación no se convierte en una venta sujeta a IGIC por el solo hecho de que el comerciante esté establecido en Canarias.


Habrá que analizar la importación y el IVA en el país europeo de destino, así como la posible utilización de IOSS.


En el dropshipping canario, la ruta física de la mercancía suele ser más importante que el lugar desde el que se gestiona la web.


Alta fiscal y en la Seguridad Social


Antes de iniciar la actividad debe presentarse la correspondiente declaración censal.


Desde febrero de 2025 se suprimió el modelo 037 simplificado. Las altas, modificaciones y bajas en el censo estatal de empresarios, profesionales y retenedores se realizan mediante el modelo 036, conforme a la Orden HAC/1526/2024.


El alta censal debe recoger:


  • La actividad desarrollada.

  • El domicilio fiscal.

  • Los lugares desde los que se opera.

  • Las obligaciones de IVA o, en su caso, la situación correspondiente respecto del IGIC.

  • El régimen de tributación directa.

  • Las retenciones que deban practicarse.

  • La posible inclusión en registros especiales.


El alta en Hacienda no sustituye el alta en la Seguridad Social. Si la actividad se desarrolla como persona física de manera habitual, personal y directa, deberá analizarse la inclusión en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.


Puede operarse mediante una sociedad, pero constituir una sociedad no elimina automáticamente la obligación de cotizar del socio que trabaja y controla la entidad.


¿Qué epígrafe del IAE corresponde?


No debe afirmarse que todo negocio de dropshipping pertenece necesariamente al epígrafe 665, «Comercio al por menor por correo o por catálogo de productos diversos».


La clasificación dependerá de:


  • Los productos vendidos.

  • Si se actúa como comerciante o intermediario.

  • Si se vende al por mayor o al por menor.

  • Si el catálogo comprende productos diversos o especializados.

  • La organización concreta de la actividad.


En algunos casos será adecuado el epígrafe 665. En otros deberán utilizarse los epígrafes específicos correspondientes al tipo de producto comercializado o a la actividad de intermediación.


La venta por internet es un canal comercial, no siempre una actividad independiente de los bienes vendidos.


Aunque las personas físicas y muchas sociedades estén exentas de pagar la cuota del IAE, continúan obligadas a declarar correctamente su actividad.


Tributación del beneficio


El dropshipping tributa por el beneficio obtenido, no solamente por el dinero retirado de la cuenta o transferido desde la plataforma.


Para un autónomo, el rendimiento se determina, con carácter general, por la diferencia entre los ingresos y los gastos fiscalmente deducibles.


Para una sociedad, el resultado se integra en el Impuesto sobre Sociedades conforme a las reglas contables y fiscales.


Pueden ser deducibles, cuando estén justificados, registrados y relacionados con la actividad:


  • El coste de los productos.

  • Las comisiones de plataformas.

  • Las tarifas de pasarelas de pago.

  • La publicidad digital.

  • El alojamiento y mantenimiento de la tienda.

  • Las aplicaciones y programas informáticos.

  • Los servicios profesionales.

  • Los costes de transporte.

  • Los reembolsos y devoluciones.

  • Determinados gastos de formación y gestión.

  • Las diferencias de cambio.


Debe conservarse una factura válida del proveedor. Un extracto de la tarjeta, una captura de pantalla o el justificante de una plataforma pueden acreditar un pago, pero no sustituyen necesariamente la factura exigida para deducir el gasto o el impuesto soportado.


La contabilidad debe reflejar el importe íntegro de la venta


Otro error habitual consiste en declarar únicamente el dinero neto transferido por Stripe, PayPal, Amazon, Shopify u otra plataforma.


Si el cliente paga 100 euros y la plataforma descuenta una comisión de 4 euros, normalmente deben registrarse:


  • Un ingreso de 100 euros.

  • Un gasto por comisión de 4 euros.


El ingreso no es únicamente el abono neto de 96 euros recibido en la cuenta bancaria.

También deberán conciliarse:


  • Ventas.

  • Comisiones.

  • Devoluciones.

  • Contracargos.

  • Retenciones de fondos.

  • Cambios de divisa.

  • Impuestos cobrados.

  • Saldos pendientes en las plataformas.


La plataforma puede convertirse en proveedor a efectos del IVA


En determinados supuestos, una interfaz electrónica que facilita ventas puede considerarse, a efectos del IVA, que recibe y entrega ella misma los productos.


Esta ficción puede aplicarse, entre otros casos, a ciertas ventas de bienes importados de hasta 150 euros y a determinadas ventas realizadas por proveedores no establecidos en la UE.


Cuando la plataforma sea el proveedor considerado a efectos fiscales, puede asumir la obligación de cobrar y declarar el IVA. Pero esto no significa que el comerciante quede liberado de todas sus obligaciones.


Será necesario determinar:


  • Qué operación declara la plataforma.

  • Qué venta corresponde declarar al comerciante.

  • Qué documentación facilita.

  • Quién figura como vendedor frente al consumidor.

  • Cómo deben contabilizarse los cobros y comisiones.


La normativa aplicable al dropshipping


El dropshipping no dispone de una ley española específica. Está sometido a las normas generales del comercio, la contratación electrónica, la protección de consumidores, la privacidad, la fiscalidad y la seguridad de los productos.


Entre las normas más relevantes se encuentran:


Ley de Servicios de la Sociedad de la Información


La Ley 34/2002 exige que el titular de la tienda facilite de forma accesible información sobre su identidad, domicilio, datos de contacto, precio y condiciones de contratación.


Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios


Regula la información precontractual, la entrega, el desistimiento, las devoluciones y la conformidad de los productos.


Como regla general, el consumidor dispone de catorce días para desistir de una compra a distancia, aunque existen excepciones. Salvo pacto distinto, el producto debe entregarse sin demora indebida y, como máximo, en treinta días.


RGPD y LOPDGDD


Los datos del cliente se comunican habitualmente al proveedor para realizar el envío. Esta comunicación debe estar legitimada y correctamente documentada.


Si el proveedor se encuentra fuera del Espacio Económico Europeo, puede existir una transferencia internacional de datos que requiera garantías adicionales.


Normativa sobre seguridad de los productos


El vendedor debe comprobar que los productos pueden comercializarse legalmente en la Unión Europea y que cumplen las obligaciones de identificación, trazabilidad, etiquetado y seguridad.


No basta con que el proveedor asegure informalmente que el producto «cumple la normativa europea».


Normativa sobre envases y responsabilidad ampliada


Quien introduce productos envasados en el mercado español puede quedar sujeto a obligaciones de registro, información y financiación de la gestión de residuos.


La ausencia de almacén propio no excluye necesariamente estas obligaciones.


Información obligatoria en la tienda online


La página web debe incluir, de forma clara y accesible:


  • Identidad y datos de contacto del vendedor.

  • NIF y domicilio.

  • Condiciones generales de contratación.

  • Características esenciales de los productos.

  • Precio total, impuestos y gastos adicionales.

  • Formas de pago.

  • Plazos y condiciones de entrega.

  • Política de devoluciones y desistimiento.

  • Garantía legal.

  • Política de privacidad.

  • Política de cookies.

  • Procedimiento para presentar reclamaciones.

  • Información sobre gastos aduaneros, cuando puedan corresponder al cliente.


No resulta suficiente indicar que los envíos son responsabilidad del proveedor. Si la tienda vende en nombre propio, continuará respondiendo frente al consumidor.


Principales riesgos del dropshipping


Proveedores poco fiables


Los retrasos, productos defectuosos o envíos incorrectos afectan directamente a la responsabilidad y reputación del vendedor.


Productos inseguros o falsificados


La comercialización de juguetes, cosméticos, aparatos eléctricos, complementos alimenticios o productos sanitarios puede estar sometida a controles especialmente estrictos.


Costes aduaneros ocultos


El cliente puede rechazar el paquete si descubre que debe pagar impuestos o gastos de despacho que no fueron informados durante la compra.


Márgenes mal calculados


Al coste del proveedor deben añadirse publicidad, comisiones, impuestos, cambios de divisa, devoluciones y contracargos.


IVA o IGIC incorrectamente aplicado


El domicilio del vendedor no determina por sí solo el impuesto. Debe conocerse el recorrido físico del producto.


Falta de facturas del proveedor


Comprar a través de plataformas extranjeras sin obtener documentación válida puede impedir la deducción del gasto o del impuesto soportado.


Protección de datos insuficiente


Comunicar la dirección y el teléfono del cliente a un proveedor extranjero requiere una base jurídica y garantías adecuadas.


Lista de comprobación antes de comenzar


Antes de abrir una tienda de dropshipping conviene responder a estas preguntas:


  1. ¿Vendo en nombre propio o actúo como comisionista?

  2. ¿Quién es el vendedor contractual frente al cliente?

  3. ¿Desde qué país se enviará cada producto?

  4. ¿Dónde estarán situados mis compradores?

  5. ¿Quién actuará como importador?

  6. ¿El precio incluye los impuestos y gastos aduaneros?

  7. ¿Necesito registrarme a efectos del IVA en otro país?

  8. ¿Puedo utilizar OSS o IOSS?

  9. ¿Cómo facturará el proveedor?

  10. ¿Qué epígrafe del IAE corresponde realmente?

  11. ¿Los productos cumplen las normas europeas?

  12. ¿Quién gestionará las devoluciones?

  13. ¿Cómo se transferirán los datos al proveedor?

  14. ¿Debo cumplir obligaciones sobre envases?

  15. ¿Mi sistema contable separa ventas, comisiones, devoluciones e impuestos?


Conclusión


El dropshipping permite vender sin comprar previamente un stock ni disponer de almacén propio, pero no elimina las responsabilidades del comerciante.


Quien vende en nombre propio sigue siendo, frente al cliente, el responsable de la entrega, el desistimiento, las devoluciones, la garantía y la conformidad del producto. Tampoco deja de tener obligaciones fiscales porque la mercancía nunca pase por sus manos.


La fiscalidad dependerá de dónde comienza y termina el transporte, de quién organiza el envío, de quién figura como importador y de si interviene una plataforma electrónica. Según el caso, pueden resultar aplicables el IVA, el IGIC, el AIEM, los derechos aduaneros y los regímenes OSS o IOSS.


En Canarias, la separación entre el territorio del IVA y el del IGIC añade una dificultad especial. Una empresa canaria puede tener obligaciones de IVA en la Península o en otros Estados europeos si los productos se almacenan o entregan allí.


La baja inversión inicial no debe confundirse con una baja complejidad. Antes de publicar el catálogo conviene diseñar el circuito contractual, logístico, fiscal y aduanero de cada operación.


En el dropshipping, vender sin stock es posible. Vender sin responsabilidades, no.

 
 
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