El perjuicio real que sufren los autónomos en el IRPF no para de crecer: pagar más sin ganar más
Pagar más por intentar ganar lo mismo.

Cuando el sistema tributario no distingue correctamente entre ganar más dinero y recibir más euros
Un autónomo puede ganar más euros que hace unos años y, sin embargo, ser realmente más pobre.
Esta aparente contradicción resume uno de los efectos menos visibles de la inflación sobre el IRPF: la denominada progresividad en frío o fiscal drag.
El problema aparece cuando los precios y las rentas nominales aumentan como consecuencia de la inflación, pero determinados parámetros del impuesto no evolucionan en la misma proporción.
El autónomo factura más. Sus gastos también son mayores. Necesita obtener un rendimiento nominal superior simplemente para conservar el mismo poder adquisitivo.
Pero Hacienda ve euros, no poder adquisitivo.
Y el resultado puede ser que una renta que económicamente apenas ha mejorado termine soportando un IRPF superior.
Ganar más euros no significa ganar más dinero
Este es probablemente el punto más importante para entender el problema.
Supongamos que un profesional obtenía hace unos años un rendimiento neto de 40.000 euros y que, después de varios ejercicios de inflación, necesita obtener 45.000 euros para mantener aproximadamente una capacidad económica equivalente.
Desde un punto de vista nominal gana 5.000 euros más.
Pero desde un punto de vista real puede no haber mejorado prácticamente nada.
El problema es que el IRPF trabaja fundamentalmente con magnitudes nominales.
Si los límites de los tramos, mínimos personales y familiares, reducciones y otros parámetros del impuesto no se actualizan en consonancia con la inflación, una parte de esa subida puramente nominal puede quedar sometida a una tributación superior.
El contribuyente no se ha enriquecido en términos reales.
Pero su factura fiscal sí puede aumentar.
¿Qué es la progresividad en frío?
El IRPF es un impuesto progresivo.
A medida que aumenta la base liquidable, las sucesivas partes de la renta quedan sometidas a tipos marginales superiores.
Este funcionamiento resulta coherente cuando el incremento de renta representa un verdadero aumento de capacidad económica.
La distorsión aparece cuando el aumento es simplemente consecuencia de la inflación.
Si los precios suben un 10%, un autónomo puede verse obligado a incrementar sus precios y obtener mayores ingresos nominales simplemente para mantener su situación económica anterior.
Si los parámetros del IRPF no se actualizan en la misma medida, parte de ese incremento nominal puede situarse en zonas de tributación superiores.
Eso es lo que se denomina progresividad en frío.
No hace falta aprobar una ley que eleve los tipos impositivos.
La inflación puede hacerlo indirectamente.
El ejemplo de PIMEC: 1.260 euros anuales de diferencia
Un reciente análisis del Observatori de la Pime de PIMEC pone cifras al problema.
El estudio simula la situación de un trabajador autónomo en estimación directa simplificada con un rendimiento neto de 45.000 euros.
Según sus cálculos, el tipo efectivo soportado pasa del 20,7% al 23,5%.
Si los parámetros del impuesto se hubieran actualizado teniendo en cuenta la inflación, el tipo efectivo habría permanecido aproximadamente en aquel 20,7%.
La diferencia alcanza aproximadamente:
1.260 euros al año.
Lo interesante del ejemplo no es solamente la cifra.
Es la razón por la que se produce.
El autónomo puede no haber experimentado una mejora equivalente de su capacidad económica real y, sin embargo, termina destinando una proporción mayor de su renta al IRPF.
No debe confundirse facturación con rendimiento
Conviene hacer una precisión especialmente importante cuando hablamos de autónomos.
El IRPF no grava, con carácter general, la facturación bruta del empresario o profesional.
En estimación directa, el punto de partida para determinar el rendimiento de la actividad es, simplificando:
Ingresos computables– gastos fiscalmente deducibles– amortizaciones y demás ajustes
=
rendimiento neto
Por tanto, que un autónomo haya tenido que aumentar sus precios un 10% no significa necesariamente que su beneficio haya aumentado un 10%.
Puede haber ocurrido exactamente lo contrario.
Mientras suben los precios cobrados a los clientes, también pueden haber aumentado:
alquileres;
suministros;
salarios;
seguros;
servicios profesionales;
materiales;
financiación;
vehículos;
tecnología;
y prácticamente todos los costes necesarios para desarrollar la actividad.
Por eso, analizar exclusivamente la evolución de la facturación puede proporcionar una imagen engañosa.
Lo relevante es determinar qué rendimiento real conserva el autónomo después de soportar el incremento de costes, impuestos e inflación.
El problema de mantener los parámetros fiscales en euros nominales
La progresividad en frío no depende únicamente de los tramos de la tarifa.
El efecto puede producirse siempre que determinados límites establecidos en euros permanezcan estáticos mientras aumenta el nivel general de precios.
Entre otros elementos, deben observarse:
los límites de los diferentes tramos;
los mínimos personales y familiares;
determinadas reducciones;
límites cuantitativos para disfrutar de beneficios fiscales;
deducciones expresadas mediante cantidades fijas;
y umbrales de renta que permiten o impiden acceder a determinadas ventajas fiscales.
Una deducción de 1.000 euros no tiene el mismo valor económico cuando fue creada que después de varios años de inflación.
Y un límite de renta de 30.000 euros tampoco representa necesariamente la misma capacidad económica años después.
Por eso la inflación puede deteriorar silenciosamente el sistema tributario incluso aunque los tipos nominales permanezcan inalterados.
¿Por qué el efecto puede resultar especialmente sensible para los autónomos?
El trabajador por cuenta propia presenta determinadas características que hacen especialmente visible este fenómeno.
Un trabajador asalariado puede recibir una subida salarial precisamente para compensar, al menos parcialmente, el incremento del coste de la vida.
El autónomo tiene que conseguir esa actualización en el mercado.
Tiene que elevar precios, conservar clientes, soportar incrementos de costes y mantener el margen de su actividad.
Además, la renta de la actividad económica se incorpora normalmente a la base general del IRPF y queda sometida a su escala progresiva.
Esto significa que un incremento nominal del rendimiento puede aumentar el tipo marginal aplicable a una parte de su renta aunque su capacidad adquisitiva real no haya aumentado en la misma proporción.
A ello se añade que desde 2023 las cotizaciones al RETA se encuentran vinculadas a los rendimientos netos mediante el nuevo sistema de cotización.
Por tanto, cuando analizamos la verdadera carga económica del autónomo no debemos observar únicamente el IRPF.
Hay que contemplar conjuntamente:
rendimiento + IRPF + cotizaciones + inflación.
Solo entonces obtenemos una aproximación razonable a la evolución de su renta disponible real.
Una subida de impuestos que no necesita subir los tipos
Aquí reside probablemente el aspecto más llamativo de la progresividad en frío.
Imaginemos dos situaciones.
Escenario A: subida explícita
El legislador aumenta un tipo del IRPF del 30% al 32%.
El contribuyente identifica inmediatamente que se ha producido una subida fiscal.
Escenario B: inflación sin actualización suficiente
Los precios y las rentas nominales aumentan un 15%, mientras determinados parámetros del impuesto permanecen invariables o se actualizan por debajo de esa inflación.
El tipo nominal no cambia.
Pero el contribuyente puede acabar pagando un porcentaje mayor de su renta.
En ambos casos aumenta la presión fiscal.
La diferencia es que en el segundo resulta mucho menos visible.
¿Qué significa deflactar el IRPF?
La solución que habitualmente se plantea frente a la progresividad en frío es la denominada deflactación del impuesto.
Deflactar no significa necesariamente bajar impuestos.
Significa actualizar determinados parámetros monetarios del IRPF para evitar que una subida puramente nominal de la renta provocada por la inflación sea interpretada fiscalmente como un incremento equivalente de capacidad económica.
Por ejemplo, si un tramo comenzara en 30.000 euros y los precios hubieran aumentado un 10%, podría plantearse trasladar su inicio aproximadamente hasta los 33.000 euros.
La lógica es sencilla:
si 33.000 euros actuales permiten adquirir aproximadamente lo mismo que 30.000 euros antes de la inflación, no debería considerarse automáticamente que existe un 10% más de capacidad económica real.
Esta es la filosofía económica que existe detrás de la deflactación.
¿Significa esto que todos los autónomos pagan necesariamente más?
No.
Conviene evitar una conclusión excesivamente general.
El IRPF depende de multitud de circunstancias:
Comunidad Autónoma de residencia;
cuantía del rendimiento;
situación familiar;
otras rentas obtenidas;
reducciones;
deducciones;
aportaciones a sistemas de previsión;
inversiones;
y circunstancias personales.
Además, algunas comunidades autónomas han adoptado medidas de deflactación o modificaciones de sus escalas.
Por tanto, no puede afirmarse que todos los autónomos hayan sufrido exactamente el mismo incremento.
Lo que sí puede afirmarse es que cuando las rentas nominales crecen por inflación y los parámetros fiscales no evolucionan proporcionalmente, aparece un incremento de tributación que no responde necesariamente a un aumento real de riqueza.
¿Y qué ocurre en Canarias?
En la fiscalidad de Canarias existe una particularidad importante.
El IRPF se divide entre una escala estatal y otra autonómica, por lo que las decisiones adoptadas por la Comunidad Autónoma pueden corregir parcialmente el fenómeno en la parte del impuesto sobre la que tiene competencias.
Canarias ha introducido medidas de deflactación en su tramo autonómico.
Esto debe valorarse positivamente desde la perspectiva de la progresividad en frío.
Pero existe una cuestión fundamental:
una deflactación parcial de la tarifa autonómica no equivale necesariamente a neutralizar toda la inflación acumulada en el conjunto del IRPF.
Para medir correctamente el fenómeno habría que comparar:
la inflación acumulada durante el período analizado;
la actualización de la escala estatal;
la evolución de la escala autonómica canaria;
los mínimos personales y familiares;
las reducciones y deducciones;
y los restantes límites expresados en cantidades nominales.
Por tanto, un autónomo residente en Canarias también puede experimentar progresividad en frío aunque determinados tramos autonómicos hayan sido actualizados.
El verdadero cálculo: cuánto queda después de impuestos
Quizá deberíamos cambiar la manera en la que analizamos la evolución económica de un autónomo.
No basta con preguntarle:
¿Cuánto facturaba en 2020 y cuánto factura ahora?
Ni siquiera:
¿Cuánto ganaba entonces y cuánto gana ahora?
La pregunta económicamente relevante sería:
¿Qué capacidad adquisitiva conserva hoy después de pagar sus gastos, sus cotizaciones y sus impuestos?
Podemos representarlo de una manera muy sencilla:
Situación | Año inicial | Año actual |
Rendimiento nominal | 40.000 € | 45.000 € |
Rendimiento nominal | Menor | Mayor |
Coste de vida | Menor | Mayor |
IRPF nominal | Menor | Mayor |
Poder adquisitivo final | — | Puede ser igual o inferior |
El incremento de 40.000 a 45.000 euros parece inicialmente una mejora.
Pero deja de serlo si esos 45.000 euros permiten comprar aproximadamente lo mismo que antes compraban 40.000 y, además, una parte superior termina destinada a impuestos.
Ahí aparece el verdadero perjuicio.
El peligro de confundir renta nominal con capacidad económica
La progresividad constituye uno de los principios fundamentales del IRPF.
Quien dispone de mayor capacidad económica debe contribuir proporcionalmente más.
El problema no está, por tanto, en la progresividad.
El problema aparece cuando el sistema confunde un incremento nominal con un incremento real de capacidad económica.
La inflación modifica el valor del dinero.
Cincuenta mil euros de hoy no representan necesariamente la misma riqueza que 50.000 euros de hace cinco o diez años.
Cuando el sistema tributario mantiene durante largos períodos determinadas cantidades expresadas en euros sin actualizarlas suficientemente, puede terminar gravando como enriquecimiento lo que en realidad es simplemente inflación.
Una diferencia pequeña cada año puede convertirse en un problema importante
Los 1.260 euros del ejemplo de PIMEC pueden parecer una cantidad limitada si se contemplan aisladamente.
Pero representan:
105 euros mensuales.
Y si un efecto semejante se mantiene durante cinco años:
6.300 euros.
La progresividad en frío tiene precisamente esa característica.
No suele presentarse mediante una gran subida repentina.
Opera lentamente.
Un tramo que no se actualiza.
Un mínimo que pierde valor.
Una reducción cuyos límites permanecen estáticos.
Una deducción que continúa teniendo el mismo importe nominal mientras todo lo demás se encarece.
Y la suma de pequeñas diferencias termina convirtiéndose en una pérdida apreciable de renta disponible.
Entonces, ¿están pagando los autónomos más impuestos sin que hayan subido los impuestos?
La respuesta exige un matiz.
Puede que no hayan aumentado los tipos nominales aplicables a su situación concreta.
Pero eso no significa necesariamente que no haya aumentado su tipo efectivo ni su esfuerzo fiscal real.
Son conceptos diferentes.
Un sistema tributario puede recaudar proporcionalmente más de un contribuyente sin modificar formalmente los tipos cuando la inflación eleva las rentas nominales y los parámetros que determinan la progresividad no se actualizan en la misma proporción.
Por eso resulta perfectamente posible que un autónomo diga:
“Gano más euros que hace cinco años, pero tengo menos dinero disponible.”
Y que ambas afirmaciones sean simultáneamente ciertas.
Conclusión: el autónomo puede ganar más y ser más pobre
El debate sobre la tributación de los autónomos no debería limitarse a comprobar si han subido o bajado formalmente los tipos del IRPF.
La cuestión es más profunda.
Hay que analizar si el sistema tributario está distinguiendo correctamente entre ganar más dinero y recibir más euros.
La inflación puede elevar la facturación.
Puede elevar los precios.
Puede elevar los rendimientos nominales.
Pero nada de ello garantiza que haya aumentado la verdadera capacidad económica del autónomo.
Si mientras esto ocurre los tramos, mínimos, reducciones y restantes parámetros fiscales no evolucionan de manera equivalente, una parte del incremento puramente nominal termina convertida en mayor tributación.
No aparece necesariamente una nueva figura tributaria.
No tiene por qué aprobarse una subida general de tipos.
No llega ninguna carta comunicando que el contribuyente pagará más.
Simplemente, año tras año, Hacienda puede quedarse con una proporción mayor de una renta que, en términos reales, no ha crecido en la misma medida.
Y esa es precisamente la razón por la que la progresividad en frío constituye una de las formas menos visibles —pero económicamente más relevantes— de incremento de la presión fiscal.
Autónomo en 2020 frente a autónomo en 2026: ganar más no siempre significa ser más rico
Una de las mejores formas de comprender la progresividad en frío consiste en comparar la situación de un mismo autónomo antes y después de un período de inflación.
El siguiente cuadro tiene carácter meramente ilustrativo. No pretende reproducir una liquidación concreta del IRPF —que dependerá, entre otras circunstancias, de la comunidad autónoma de residencia, situación personal y familiar, reducciones y deducciones aplicables—, sino mostrar la diferencia entre renta nominal y renta real.
Concepto | Autónomo en 2020 | Autónomo en 2026 |
Rendimiento neto nominal | 40.000 € | 45.000 € |
Euros obtenidos | 40.000 € | 5.000 € más |
Nivel general de precios | Menor | Superior |
Poder adquisitivo de cada euro | Mayor | Menor |
Rendimiento real | 40.000 € | Puede ser equivalente o incluso inferior |
IRPF nominal | Menor | Mayor |
Posibilidad de alcanzar tramos superiores | Menor | Mayor |
Valor real de mínimos y límites no actualizados | Mayor | Menor |
Resultado | Menor renta nominal | Más euros, pero no necesariamente mayor capacidad económica |
La clave está en la última línea.
El autónomo de 2026 puede declarar 5.000 euros más de rendimiento y, sin embargo, no disponer de una capacidad económica superior.
Si para comprar en 2026 los mismos bienes y servicios que adquiría en 2020 necesita obtener 45.000 euros en lugar de 40.000, el incremento de 5.000 euros no representa propiamente un enriquecimiento.
Es, en buena medida, un incremento nominal.
Sin embargo, si el IRPF no actualiza suficientemente sus parámetros para tener en cuenta esa pérdida de valor del dinero, puede tratar fiscalmente parte de esos 5.000 euros como si fueran un verdadero aumento de riqueza.
El efecto puede entenderse todavía mejor de esta forma
Situación 1
Rendimiento: 40.000 €
Poder adquisitivo: 40.000 €IRPF calculado sobre: 40.000 €
Situación 2, varios años después
Rendimiento nominal: 45.000 €
Poder adquisitivo equivalente: aproximadamente el anterior IRPF calculado sobre: 45.000 €
Ahí está el problema.
La inflación puede hacer que el autónomo necesite ganar más euros simplemente para mantenerse en el mismo sitio, mientras que el IRPF interpreta ese incremento nominal como una mayor capacidad económica.
Por eso la pregunta relevante no debería ser únicamente:
¿Cuánto más gana hoy un autónomo?
Sino:
¿Cuánto más gana realmente después de descontar inflación e impuestos?
Preguntas frecuentes sobre inflación, autónomos e IRPF
1. ¿Qué es la progresividad en frío del IRPF?
Es el incremento de la carga tributaria que puede producirse cuando las rentas nominales aumentan como consecuencia de la inflación, mientras los tramos, mínimos, reducciones u otros parámetros monetarios del impuesto no se actualizan en la misma proporción.
El contribuyente puede terminar pagando más IRPF aunque su capacidad económica real apenas haya aumentado.
2. ¿Puede un autónomo pagar más IRPF aunque realmente no gane más?
Sí.
Debe diferenciarse entre renta nominal y renta real.
Si un autónomo pasa de obtener 40.000 a 45.000 euros, aparentemente gana más.
Pero si durante ese período el coste de la vida y los precios han aumentado en una proporción equivalente, esos 45.000 euros pueden proporcionar una capacidad adquisitiva similar a la que anteriormente proporcionaban 40.000.
Fiscalmente, sin embargo, el IRPF trabaja con los 45.000 euros nominales.
3. ¿La progresividad en frío significa que el Gobierno ha subido el IRPF?
No necesariamente.
Precisamente una de las características del fenómeno es que puede aumentar la presión fiscal sin necesidad de elevar formalmente los tipos impositivos.
Si las rentas nominales aumentan mientras determinados parámetros del impuesto permanecen congelados o se actualizan por debajo de la inflación, el tipo efectivo soportado por el contribuyente puede aumentar.
4. ¿Deflactar el IRPF significa bajar impuestos?
No exactamente.
Deflactar el IRPF pretende evitar que la inflación provoque por sí misma un aumento de tributación.
Si los precios han aumentado y una renta de 33.000 euros representa aproximadamente la misma capacidad adquisitiva que anteriormente tenían 30.000 euros, actualizar los límites de los tramos pretende impedir que ese incremento puramente nominal sea tratado como un incremento equivalente de riqueza.
Por tanto, deflactar no consiste necesariamente en reducir la tributación real, sino en intentar evitar que aumente exclusivamente por efecto de la inflación.
5. ¿Basta con deflactar los tramos del IRPF?
No necesariamente.
La progresividad en frío no depende exclusivamente de los tramos.
El IRPF contiene numerosos importes expresados en euros:
mínimos personales y familiares;
reducciones;
deducciones;
límites de renta;
cuantías máximas;
umbrales para disfrutar de determinados beneficios fiscales.
Por ello, una actualización exclusivamente de la tarifa puede corregir parte del problema sin eliminarlo completamente.
6. ¿La progresividad en frío afecta solamente a los autónomos?
No.
También puede afectar a trabajadores asalariados, pensionistas y otros contribuyentes cuyas rentas se integren en la base general del IRPF.
Sin embargo, en los autónomos el fenómeno puede resultar especialmente perceptible porque el incremento de sus ingresos nominales puede venir acompañado de importantes aumentos en los costes de su actividad.
Un autónomo puede cobrar más a sus clientes y, simultáneamente, pagar más por alquileres, suministros, empleados, financiación, seguros o proveedores.
Por eso aumentar la facturación no significa necesariamente aumentar el beneficio real.
7. ¿Un autónomo tributa en IRPF por toda su facturación?
No.
Esta es una confusión frecuente.
En estimación directa, el autónomo determina, con carácter general, el rendimiento de su actividad partiendo de sus ingresos y restando los gastos fiscalmente deducibles y realizando los ajustes que correspondan.
Por tanto, facturación y rendimiento neto son conceptos diferentes.
Un autónomo puede incrementar considerablemente su facturación y obtener un beneficio similar o incluso inferior si sus costes han aumentado.
8. ¿Por qué la inflación beneficia indirectamente a la recaudación tributaria?
Porque puede aumentar las magnitudes nominales sobre las que se calculan determinados impuestos.
En el IRPF, si los salarios y rendimientos aumentan nominalmente mientras los parámetros del impuesto no se actualizan proporcionalmente, una parte de los contribuyentes puede soportar tipos efectivos superiores.
Por ello, la inflación puede producir un incremento de recaudación sin necesidad de aprobar una subida equivalente de los tipos nominales.
9. ¿Canarias ha deflactado el IRPF?
Sí.
Canarias ha adoptado medidas para corregir parcialmente la progresividad en frío en el tramo autonómico del impuesto.
Para el ejercicio 2025 se modificó la escala autonómica, desplazándose sus tramos un 2,06%, y también se elevaron las cuantías del mínimo personal y familiar autonómico.
Por ejemplo, el tramo que anteriormente comenzaba en 35.185 euros pasó a comenzar en 35.924 euros.
Se trata de una medida dirigida precisamente a evitar que determinados incrementos nominales de renta derivados de la inflación provoquen automáticamente una mayor tributación autonómica.
10. Entonces, ¿los autónomos canarios están protegidos frente a la progresividad en frío?
Solo parcialmente.
El IRPF contiene una parte estatal y otra autonómica.
Canarias puede actuar sobre los elementos del impuesto respecto de los cuales tiene competencias normativas, pero no puede modificar unilateralmente toda la estructura estatal del IRPF.
Además, para neutralizar completamente la progresividad en frío habría que analizar no solamente los tramos, sino también la evolución de los mínimos, reducciones, deducciones y demás límites monetarios.
Por ello, la deflactación autonómica puede reducir el problema sin necesariamente eliminarlo por completo.
11. ¿Todos los autónomos sufren el mismo perjuicio?
No.
El impacto depende de múltiples circunstancias:
nivel de rendimiento;
comunidad autónoma de residencia;
situación personal y familiar;
existencia de otras rentas;
reducciones aplicables;
deducciones;
gastos de la actividad;
y evolución de los ingresos.
Por eso resulta difícil establecer una cifra universal de perjuicio.
El ejemplo de PIMEC permite visualizar el fenómeno, pero no significa que todos los autónomos paguen exactamente 1.260 euros adicionales.
12. ¿Por qué puede aumentar el tipo efectivo aunque no cambie el tipo marginal?
Porque son conceptos distintos.
El tipo marginal es el porcentaje aplicable al último tramo de renta alcanzado.
El tipo efectivo refleja qué porcentaje representa finalmente el impuesto soportado respecto de la renta considerada.
Un contribuyente puede mantener formalmente los mismos tipos legales y, sin embargo, soportar un tipo efectivo superior como consecuencia de la evolución de su renta nominal y de la estructura progresiva del impuesto.
13. ¿La inflación puede hacer que un autónomo gane más y sea realmente más pobre?
Perfectamente.
Un autónomo puede pasar de ganar 40.000 a 45.000 euros y encontrarse en una situación económica peor si durante ese período:
sus gastos profesionales han aumentado;
el coste de vida ha crecido;
sus cotizaciones son superiores;
y paga más IRPF.
Por eso el análisis correcto no debe limitarse al rendimiento nominal.
Hay que preguntarse cuánto dinero conserva finalmente y qué puede comprar con él.
14. ¿Puede hacer algo el autónomo para evitar la progresividad en frío?
El autónomo individualmente no puede evitar el fenómeno macroeconómico, pero sí puede realizar una adecuada planificación fiscal dentro de la legalidad.
Entre otras cuestiones, conviene revisar:
todos los gastos fiscalmente deducibles;
amortizaciones;
reducciones aplicables;
aportaciones a sistemas de previsión;
deducciones estatales y autonómicas;
momento de determinadas inversiones;
y planificación del cierre fiscal antes de terminar el ejercicio.
La progresividad en frío no puede eliminarse mediante planificación individual, pero sí debe evitarse pagar todavía más IRPF por no aplicar correctamente los gastos, reducciones o incentivos fiscales a los que se tenga derecho.
15. ¿Cuál es entonces el verdadero perjuicio para el autónomo?
No consiste simplemente en pagar más euros de IRPF.
El verdadero problema aparece cuando el autónomo necesita aumentar sus ingresos para compensar la inflación, pero ese incremento nominal provoca al mismo tiempo una mayor tributación.
Se produce entonces un doble efecto:
la inflación reduce el valor de su dinero y el IRPF puede absorber una parte adicional de la renta necesaria para compensar precisamente esa pérdida de valor.
Por eso, para saber si un autónomo realmente ha mejorado económicamente, no basta con comparar cuánto ganaba hace cinco años con cuánto gana actualmente.
Hay que comparar su renta disponible después de impuestos y su verdadero poder adquisitivo.
Y es ahí donde la progresividad en frío deja de ser una cuestión puramente técnica para convertirse en un problema económico muy real para miles de trabajadores por cuenta propia.
.png)


