Número EORI: qué es, quién lo necesita y cómo solicitarlo

Las empresas y autónomos que comienzan a importar o exportar mercancías suelen encontrarse con un requisito que no aparece en las operaciones comerciales ordinarias: el número EORI.
Sin este identificador, una empresa puede tener dificultades para presentar una declaración aduanera, importar mercancías, realizar una exportación o solicitar determinadas autorizaciones.
El problema suele descubrirse cuando el producto ya ha llegado al puerto, aeropuerto o terminal de carga y el transportista solicita urgentemente el número para tramitar el despacho.
El EORI no es un impuesto, una licencia de importación ni una autorización para vender productos. Es un número que permite a las autoridades aduaneras de la Unión Europea identificar de manera única al operador que interviene en una operación.
Tampoco debe confundirse con el NIF, el número de IVA intracomunitario, el VIES o la condición de Operador Económico Autorizado. Aunque algunos de estos identificadores pueden presentar una composición similar, tienen funciones diferentes y se tramitan de forma independiente.
1. ¿Qué es el número EORI?
EORI son las siglas de Economic Operators Registration and Identification, que puede traducirse como Registro e Identificación de Operadores Económicos.
Es un número único asignado por una autoridad aduanera a una empresa, autónomo u otra persona que interviene profesionalmente en actividades sujetas a la legislación aduanera de la Unión.
El EORI se utiliza para identificar al operador en:
Declaraciones de importación.
Declaraciones de exportación.
Operaciones de tránsito.
Declaraciones sumarias de entrada o salida.
Depósitos temporales.
Solicitudes de autorizaciones aduaneras.
Comunicaciones con las autoridades de Aduanas.
Determinados procedimientos de seguridad y protección.
Intercambios electrónicos de información aduanera.
Una vez asignado, el número es válido en todo el territorio aduanero de la Unión. Una empresa no necesita obtener un EORI distinto en cada Estado miembro en el que importe o exporte.
La Comisión Europea recuerda que una persona solo puede tener un EORI válido en cada momento y que este debe comunicarse a las autoridades aduaneras en las operaciones correspondientes. Puede consultarse la información general en la página de la Comisión Europea sobre el EORI.
El EORI no es una licencia para importar
La obtención del EORI no significa que la empresa pueda importar cualquier producto.
Según la mercancía, pueden necesitarse:
Licencias de importación.
Certificados sanitarios o fitosanitarios.
Marcado CE.
Registro como importador.
Controles de calidad.
Autorizaciones de productos químicos.
Inscripción en registros sanitarios.
Certificados de origen.
Autorizaciones para mercancías de doble uso.
Cumplimiento de la normativa de envases.
Registro de aparatos eléctricos.
Pago de derechos antidumping.
Autorizaciones sectoriales.
El EORI identifica al operador ante Aduanas, pero no sustituye los requisitos aplicables al producto.
1.1. ¿Quién debe solicitar este número?
Deben disponer de EORI los operadores económicos que, en el ejercicio de su actividad, intervengan en operaciones a las que resulte aplicable la legislación aduanera de la Unión.
Entre los sujetos que normalmente lo necesitan se encuentran:
Empresas que importan mercancías desde países no pertenecientes a la Unión Europea.
Empresas que exportan mercancías fuera del territorio aduanero de la Unión.
Autónomos que realizan importaciones o exportaciones comerciales.
Empresas de comercio electrónico que importan productos.
Fabricantes que compran materias primas fuera de la Unión.
Empresas que venden productos a clientes situados en terceros países.
Transportistas que intervienen en determinadas operaciones aduaneras.
Representantes aduaneros.
Operadores que solicitan autorizaciones o regímenes aduaneros.
Empresas que presentan declaraciones sumarias o de depósito temporal.
Operadores establecidos fuera de la Unión que deban identificarse en determinadas declaraciones.
¿Es necesario para prestar servicios?
Por regla general, no.
El EORI está relacionado principalmente con operaciones aduaneras sobre mercancías. Un profesional español que preste servicios de consultoría online a una empresa estadounidense no necesita EORI únicamente por facturar ese servicio.
Puede necesitar otros registros o identificadores, pero no el EORI si no interviene en operaciones aduaneras.
¿Es necesario para comprar o vender dentro de la Unión Europea?
Normalmente no, si las mercancías circulan entre Estados miembros sin formalidades aduaneras.
Una empresa española que compra productos en Francia y los recibe en España puede necesitar estar incluida en el Registro de Operadores Intracomunitarios y en el VIES, pero no necesita EORI únicamente por esa adquisición intracomunitaria.
No obstante, existen territorios con particularidades fiscales o aduaneras y operaciones sujetas a declaraciones específicas. Por ello, la respuesta debe adaptarse al origen, destino y estatuto de las mercancías.
¿Debe solicitarlo una persona particular?
Los particulares que realizan compras ocasionales para uso personal no suelen tener que obtener un EORI.
La AEAT indica que, en España, las declaraciones aduaneras de particulares pueden identificar esta circunstancia mediante la clave correspondiente. Sin embargo, si las operaciones se realizan con habitualidad o presentan características empresariales, Aduanas puede comprobar su verdadera naturaleza y exigir el registro.
No basta con calificarse como particular cuando las compras están destinadas a la reventa o forman parte de una actividad económica.
¿Necesita EORI el importador aunque utilice una agencia de aduanas?
Sí, generalmente.
El representante aduanero utiliza su propio EORI para identificarse como representante, pero la empresa importadora o exportadora debe estar identificada con su propio número cuando figure como operador en la declaración.
Contratar a un transitario o agente de aduanas no sustituye el registro del importador.
¿Necesita EORI una sucursal?
La sucursal no tiene personalidad jurídica independiente y, por ello, no recibe un EORI separado del de la sociedad matriz.
La AEAT señala que los establecimientos permanentes deben disponer de un NIF español que comienza generalmente por la letra W y asociarlo al EORI concedido a la sociedad matriz.
Por tanto, deben diferenciarse:
EORI de la sociedad extranjera.
NIF español del establecimiento permanente.
Asociación entre ambos identificadores.
Esta cuestión es especialmente relevante para las sucursales de empresas extranjeras que operan en España.
1.2. ¿Cuál es su composición o estructura?
Empresas y autónomos establecidos en España
Para los operadores establecidos en España, el EORI está formado por:
ES + NIF
Por ejemplo:
Sociedad con NIF B12345678: ESB12345678
Autónomo con NIF 12345678Z: ES12345678Z
Entidad extranjera con NIF español N1234567A: ESN1234567A, si España es competente para asignarle el EORI.
Aunque el número suele coincidir materialmente con “ES + NIF”, no debe suponerse que disponer de NIF implica estar automáticamente activo en el sistema EORI. Debe comprobarse el alta.
La AEAT indica que el número asignado se mantiene aunque puedan producirse determinadas modificaciones posteriores en el NIF de su titular. La estructura oficial puede consultarse en la información de la AEAT sobre el EORI.
Operadores no establecidos en la Unión sin obligación de obtener NIF
Cuando un operador no está establecido en la Unión Europea, no está obligado a obtener NIF español y corresponde a España asignarle el EORI, su estructura será:
ES + K + código alfanumérico de once posiciones
Este formato se reserva para operadores no establecidos que no deben obtener previamente un NIF español.
Un EORI para toda la Unión Europea
Una empresa establecida en Alemania deberá obtener su EORI en Alemania, aunque su primera importación española llegue por el puerto de Las Palmas, Valencia o Barcelona.
España no debería asignarle un segundo EORI. Si la empresa alemana dispone además de un NIF español, deberá comunicar su EORI alemán para que pueda asociarse al NIF español.
La regla general es clara: un operador, un único EORI en la Unión Europea.
2. ¿El número EORI y el VIES son lo mismo?
No. EORI y VIES tienen finalidades diferentes.
Característica | EORI | VIES |
Finalidad | Identificación aduanera | Identificación para operaciones intracomunitarias de IVA |
Tipo de operaciones | Importaciones, exportaciones, tránsito y otros procedimientos aduaneros | Entregas y adquisiciones intracomunitarias de bienes y determinados servicios |
Ámbito | Territorio aduanero de la Unión | Sistema europeo de intercambio de información sobre IVA |
Alta | Autoridad aduanera | Administración tributaria mediante el ROI |
Composición española | Generalmente ES + NIF | Generalmente ES + NIF |
Validez | Aduanas de la UE | Comprobación de operadores intracomunitarios |
Un alta implica la otra | No | No |
La coincidencia en la composición es una de las causas habituales de confusión. Una sociedad española puede tener:
NIF español.
EORI activo.
VIES no activo.
También puede suceder lo contrario:
NIF español.
Alta en el ROI y VIES.
EORI no activado.
La propia AEAT advierte que ambos números se gestionan de manera independiente y que disponer de EORI no autoriza, por sí solo, a operar como empresario intracomunitario. Esta distinción aparece en su guía oficial sobre EORI y VIES.
Ejemplo
Una empresa de Las Palmas compra mercancía a un proveedor alemán.
Si se trata de mercancía de la Unión que se transporta desde Alemania hasta Península, la operación será normalmente una adquisición intracomunitaria y la empresa necesitará analizar su alta en el ROI/VIES.
Si la misma empresa importa mercancía desde China, necesitará EORI para el despacho aduanero.
Puede necesitar ambos registros porque realiza dos tipos de operaciones diferentes.
¿Es lo mismo el EORI que el OEA?
Tampoco.
El OEA es el Operador Económico Autorizado, un estatuto aduanero concedido a operadores que cumplen determinados requisitos de solvencia, cumplimiento, trazabilidad y seguridad.
El EORI es una identificación básica. El OEA es una autorización o estatuto de confianza que puede proporcionar determinadas ventajas aduaneras.
No todas las empresas con EORI son OEA. Sin embargo, para solicitar la condición de OEA es necesario estar debidamente identificado ante Aduanas.
3. ¿Cómo se solicita el EORI?
La solicitud debe realizarse en el Estado miembro competente:
Los operadores establecidos en la Unión deben solicitarlo en el Estado donde estén establecidos.
Los operadores no establecidos deben solicitarlo en el Estado miembro donde realicen por primera vez una operación que exija EORI.
No puede solicitarse simultáneamente en varios Estados.
En España, la tramitación se realiza normalmente a través de la Sede electrónica de la Agencia Tributaria, dentro del apartado de Aduanas.
Las gestiones disponibles incluyen:
Alta de EORI español.
Modificación de datos.
Solicitud con NIF de persona o entidad extranjera.
Asociación de EORI extranjero a NIF español.
Consulta del estado.
Verificación de la existencia de un EORI.
Puede accederse a ellas desde el apartado de gestiones EORI de la AEAT.
3.1. Número EORI para empresas españolas
Para una sociedad o autónomo establecido en España, el procedimiento habitual es el siguiente:
Paso 1. Comprobar la situación censal
Antes de solicitar el EORI conviene verificar:
NIF.
Denominación o nombre.
Domicilio fiscal.
Actividad económica.
Representantes.
Datos de contacto.
Las discrepancias entre la solicitud y el Censo de Obligados Tributarios pueden retrasar la activación.
Paso 2. Acceder a la Sede electrónica
La solicitud se presenta telemáticamente mediante:
Certificado electrónico.
Sistema de identificación admitido.
Representante o colaborador autorizado, cuando proceda.
Paso 3. Solicitar el alta
Debe seleccionarse la opción “Alta de EORI español” e informar o confirmar los datos requeridos.
La Administración toma del censo, entre otros:
Nombre o denominación.
Domicilio.
Fecha de nacimiento o constitución.
Tipo de persona.
También pueden comunicarse:
Números de identificación a efectos de IVA de otros Estados miembros.
Sector de actividad.
Datos de contacto.
Consentimiento para publicar el nombre y domicilio en el sistema europeo de consulta.
Paso 4. Comprobar el estado
Una vez tramitada la solicitud, conviene consultar que el número se encuentra activo antes de iniciar el despacho.
La aplicación europea permite validar si existe un EORI. La publicación del nombre depende del consentimiento prestado por el titular; si no existe consentimiento, la consulta puede confirmar la validez sin mostrar sus datos.
Alta de oficio
Determinados operadores pueden ser registrados de oficio al presentar una declaración aduanera. Sin embargo, no es aconsejable esperar a que la mercancía llegue para comprobar si se ha producido esa alta.
Solicitar o verificar previamente el EORI reduce el riesgo de que el envío quede paralizado.
NIF que comienzan por N, M, X o Y
Los operadores con determinados tipos de NIF deben solicitar expresamente el EORI. La solicitud será revisada por la Dependencia Regional de Aduanas competente, que puede pedir documentación adicional.
Por eso, una sociedad española con NIF ordinario y una entidad no residente con NIF español pueden experimentar plazos y procedimientos diferentes.
3.2. EORI para empresas de fuera de la UE que quieren operar en España
Una empresa establecida fuera de la Unión Europea no siempre necesita EORI por el mero hecho de vender mercancías a un cliente europeo.
Por ejemplo, si una empresa china vende productos a una sociedad española y esta última actúa como importadora, normalmente será el cliente español quien figure como importador y utilice su EORI.
La empresa china necesitará EORI si asume una función aduanera para la que deba identificarse, por ejemplo, si presenta determinadas declaraciones o actúa como importador en la Unión.
¿En qué país debe solicitarlo?
Una empresa no establecida deberá solicitarlo en el Estado miembro en el que realice por primera vez una actuación que requiera EORI.
Si su primera importación como operador se tramita en España, puede corresponder a la AEAT asignarle el número.
Si ya ha obtenido un EORI en Francia, Alemania, Países Bajos o cualquier otro Estado miembro, no debe solicitar uno nuevo en España.
Empresa no residente obligada a obtener NIF español
Si la entidad realiza o va a realizar operaciones con trascendencia tributaria en España y está obligada a disponer de NIF, debe obtenerlo antes de solicitar el EORI.
El procedimiento sería:
Obtener el NIF español.
Inscribirse correctamente en el censo.
Solicitar el EORI.
Comprobar su activación.
Comunicarlo al representante aduanero.
Empresa no residente sin obligación de obtener NIF
Si la entidad:
No está establecida en la Unión.
No debe obtener NIF español.
España es el Estado competente para asignar el EORI,
podrá utilizar el procedimiento específico para no establecidos.
La AEAT contempla un formulario para determinados operadores no establecidos, especialmente transportistas que deban presentar declaraciones sumarias de entrada o salida u otras comunicaciones previstas. En estos casos puede admitirse la presentación ante una Dependencia de Aduanas, personalmente o mediante representante.
Asociación de EORI extranjero y NIF español
Una empresa de otro Estado miembro o una sociedad no residente que ya tenga EORI puede obtener después un NIF español.
En ese caso no debe solicitar un segundo EORI. Debe tramitar la asociación entre:
EORI concedido por el otro Estado.
NIF atribuido por la AEAT.
La sucursal o establecimiento permanente con NIF W también deberá operar mediante la asociación con el EORI de la matriz.
4. ¿Cuánto tarda la obtención del EORI?
No existe un plazo idéntico para todos los solicitantes.
En empresas españolas con:
NIF definitivo.
Datos censales correctos.
Certificado electrónico.
Domicilio actualizado.
Representación correctamente acreditada,
el alta puede ser muy rápida e incluso estar disponible poco después de su tramitación.
Sin embargo, no debe darse por hecho que siempre será inmediata.
El procedimiento puede demorarse cuando:
El NIF comienza por N, M, X o Y.
El solicitante no está establecido en la Unión.
Debe obtenerse previamente un NIF.
Existen discrepancias censales.
La representación no está acreditada.
La entidad ya tiene otro EORI.
Es necesario asociar un EORI extranjero.
Aduanas requiere documentos adicionales.
Existen dudas sobre el lugar de establecimiento.
La documentación extranjera necesita traducción o legalización.
En solicitudes sencillas puede resolverse en uno o pocos días. Los expedientes de entidades no residentes pueden requerir más tiempo dependiendo de la documentación y las comprobaciones necesarias.
Por prudencia, el EORI debería tramitarse antes de:
Contratar el transporte internacional.
Embarcar la mercancía.
Firmar una compraventa bajo condiciones que conviertan a la empresa en importadora.
Solicitar una autorización aduanera.
Presentar la primera declaración.
Esperar a que la mercancía llegue puede generar gastos de almacenaje, demoras portuarias y retrasos en la entrega.
5. ¿Qué documentos deben aportarse?
La documentación dependerá del tipo de operador.
Empresa española con NIF ordinario
En las solicitudes telemáticas sencillas, la Administración utiliza los datos que ya constan en su censo. Puede que no sea necesario adjuntar documentación adicional.
No obstante, conviene disponer de:
NIF de la entidad.
Escritura de constitución.
Datos registrales.
Identificación del representante.
Certificado electrónico.
Poder o representación.
Domicilio fiscal actualizado.
Información sobre la actividad.
Autónomo establecido en España
Normalmente necesitará:
NIF.
Alta censal.
Certificado electrónico o sistema de identificación admitido.
Representación, si actúa mediante asesor.
Información de contacto y actividad.
Entidad no residente con NIF español
Puede requerirse:
Certificación de existencia de la sociedad.
Estatutos.
Identificación fiscal del país de origen.
NIF español.
Identidad de los administradores.
Poder del representante.
Acreditación del domicilio.
Certificado de residencia.
Explicación de la actividad aduanera prevista.
EORI anterior, si existe.
Documentos traducidos.
Apostilla o legalización, cuando corresponda.
Entidad no establecida sin NIF español
Según el procedimiento, pueden solicitarse:
Formulario específico.
Documento de constitución.
Certificado actualizado del registro extranjero.
Identificación fiscal extranjera.
Domicilio social.
Representantes.
Poder.
Documento de identidad del firmante.
Descripción de la primera operación aduanera.
Aduana ante la que se realizará.
Identificador aduanero de un tercer país, si existe.
Traducción de los documentos.
La Dependencia de Aduanas puede solicitar cualquier información adicional necesaria para comprobar la identidad del operador y la competencia de España para asignar el número.
¿Deben estar apostillados los documentos extranjeros?
Dependerá del documento, el país y el procedimiento.
Cuando se pretenda acreditar formalmente la existencia de una sociedad o las facultades de su representante, puede exigirse:
Apostilla de La Haya.
Legalización diplomática.
Certificación equivalente.
Traducción jurada.
Conviene confirmar los requisitos antes de preparar el expediente para evitar duplicar documentos y traducciones.
El EORI en Canarias
Canarias forma parte del territorio aduanero de la Unión Europea, aunque está fuera del territorio de aplicación del IVA y aplica el IGIC.
Esta doble condición explica que los movimientos de mercancías entre Canarias y Península, Baleares u otros territorios puedan requerir formalidades aduaneras y fiscales aunque las mercancías tengan estatuto de la Unión.
Una empresa canaria puede necesitar EORI cuando:
Importa mercancías desde un tercer país.
Exporta mercancías fuera de la Unión.
Envía mercancías desde Canarias a Península.
Recibe mercancías desde Península.
Opera mediante determinados regímenes aduaneros.
Presenta declaraciones aduaneras.
Solicita autorizaciones.
Interviene como transportista o representante.
EORI e IGIC no son lo mismo
El EORI identifica al operador ante Aduanas. El IGIC grava, entre otras operaciones, determinadas importaciones y entregas realizadas en Canarias.
Tener EORI no significa:
Estar dado de alta en el IGIC.
Poder deducir las cuotas soportadas.
Haber presentado el DUA.
Haber pagado los tributos de importación.
Estar autorizado para importar cualquier producto.
La empresa debe coordinar sus obligaciones aduaneras con sus obligaciones censales y tributarias ante la Agencia Tributaria Canaria.
Importancia de los Incoterms
Antes de decidir quién necesita el EORI, debe revisarse el contrato y el Incoterm acordado.
Los Incoterms influyen en:
Quién organiza el transporte.
Quién asume los costes.
Quién realiza determinados trámites aduaneros.
Quién soporta los riesgos.
Quién puede aparecer como importador o exportador.
Por ejemplo, una empresa extranjera que vende bajo condiciones DDP puede asumir obligaciones en el país de destino que no existirían si vendiera bajo otro Incoterm.
Utilizar un Incoterm sin comprender sus consecuencias puede obligar a la empresa no residente a:
Obtener EORI.
Obtener NIF.
Nombrar representante fiscal o aduanero.
Registrarse a efectos de IVA o IGIC.
Pagar derechos e impuestos.
Cumplir obligaciones de importador.
El Incoterm no sustituye la normativa aduanera, pero puede modificar la posición práctica de cada parte.
6. Ejemplos prácticos
Ejemplo 1. Empresa española que importa desde China
Una sociedad de Las Palmas compra equipamiento electrónico a un fabricante chino.
La empresa española actúa como importadora y necesitará:
EORI.
Factura comercial.
Documento de transporte.
Clasificación arancelaria.
Declaración aduanera.
Liquidación de IGIC a la importación.
Posibles controles sobre el producto.
Acreditación del origen cuando resulte relevante.
El proveedor chino no necesitará necesariamente un EORI si se limita a vender y la empresa española asume la importación.
Ejemplo 2. Autónomo que compra ocasionalmente material en Estados Unidos
Un fotógrafo autónomo compra un equipo profesional en Estados Unidos.
Como la adquisición se realiza para su actividad, actúa como operador económico. Puede necesitar EORI para figurar como importador y despachar la mercancía.
No debería presentarse como particular únicamente porque se trate de una sola compra.
Ejemplo 3. Consultor que presta servicios online a una empresa británica
Un consultor español factura asesoramiento a una empresa del Reino Unido. No envía mercancías.
No necesita EORI por esa operación, aunque deberá analizar:
Localización del servicio.
IVA o IGIC.
Facturación.
Declaraciones informativas.
Condición empresarial del cliente.
Ejemplo 4. Empresa española que vende productos a Francia
Si las mercancías se encuentran en España y se envían a un empresario francés, sin pasar por un territorio aduanero tercero, se tratará normalmente de una operación intracomunitaria.
La empresa necesitará estudiar su inscripción en el ROI y VIES, pero no el EORI exclusivamente por esa venta.
Ejemplo 5. Empresa española que exporta a Reino Unido
Desde la salida del Reino Unido de la Unión Europea, una venta de mercancías desde España al Reino Unido constituye una exportación.
La empresa española necesitará EORI y deberá documentar la salida aduanera para justificar la exención del IVA o el tratamiento correspondiente del IGIC.
El cliente británico puede necesitar su propio identificador aduanero en Reino Unido, que es distinto del EORI de la Unión.
Ejemplo 6. Empresa alemana que importa por España
Una empresa establecida en Alemania importa mercancías a través del puerto de Valencia.
Debe utilizar el EORI que le haya asignado Alemania. No debe solicitar otro EORI español.
Si dispone de NIF español, puede tener que asociarlo a su EORI alemán.
Ejemplo 7. Empresa estadounidense que importa directamente en España
Una sociedad estadounidense vende mercancías bajo condiciones que la convierten en importadora en España.
Si España es el primer Estado miembro en el que realiza una operación que exige EORI:
Deberá comprobar si está obligada a obtener NIF español.
Si lo está, deberá obtener primero el NIF y después el EORI.
Si no está obligada a obtener NIF, podrá utilizar el procedimiento previsto para operadores no establecidos.
Deberá analizar también sus obligaciones de IVA o IGIC.
Ejemplo 8. Sucursal española de una sociedad extranjera
Una sociedad francesa tiene una sucursal en España con NIF W.
La sucursal no obtiene un EORI independiente. Debe utilizarse el EORI francés de la matriz y asociarlo al NIF español de la sucursal.
Ejemplo 9. Envío de mercancías de Península a Canarias
Una sociedad peninsular vende mercancías a una empresa establecida en Lanzarote.
Aunque ambas se encuentran en España, el envío atraviesa una frontera fiscal entre el territorio del IVA y Canarias. Será necesario analizar:
Declaración aduanera.
EORI de los operadores cuando corresponda.
Exención de la salida en IVA.
IGIC a la importación.
Gastos de despacho.
Correcta identificación de importador y exportador.
No debe tratarse como una venta interior ordinaria.
Errores frecuentes
Confundir EORI con VIES.
Dar por hecho que “ES + NIF” ya está activo.
Solicitar un segundo EORI en otro Estado miembro.
Esperar a que la mercancía llegue a Aduanas.
Pensar que el agente de aduanas sustituye el EORI del importador.
Utilizar el EORI de otra empresa del grupo.
Pedir un EORI para una sucursal en lugar de asociar el de la matriz.
No actualizar el domicilio o los representantes.
No comprobar quién será el importador según el contrato.
Confundir EORI de la Unión con el identificador del Reino Unido.
Considerar que el EORI sustituye una licencia de importación.
No revisar la clasificación arancelaria.
No comprobar el origen de las mercancías.
Aplicar las reglas del IVA peninsular a una importación en Canarias.
Utilizar un Incoterm que impone obligaciones no previstas.
Preguntas frecuentes
¿El EORI tiene algún coste?
La solicitud ante la Administración tributaria no está sujeta a una tasa específica. Pueden existir honorarios si la tramita un asesor o representante.
¿Caduca el número EORI?
No tiene que renovarse periódicamente como una licencia. Sin embargo, sus datos deben mantenerse actualizados y puede invalidarse en determinados supuestos.
¿Puedo tener más de un EORI?
No. Una persona o entidad solo debe disponer de un EORI válido en la Unión Europea.
¿Dónde puedo comprobarlo?
Puede consultarse en la Sede de la AEAT y validarse en el sistema electrónico de la Comisión Europea.
¿Aparecerá públicamente el nombre de la empresa?
Solo si el titular presta consentimiento para la divulgación. Sin consentimiento, la consulta europea puede limitarse a confirmar si el número es válido.
¿Es obligatorio incluirlo en todas las facturas?
No es una mención general obligatoria para cualquier factura ordinaria. Sí debe incluirse en las declaraciones y documentos aduaneros que lo exijan.
¿Puedo importar sin EORI si es la primera vez?
Una empresa no debería confiar en poder completar el despacho sin estar registrada. Es recomendable solicitarlo antes de realizar la operación.
¿Un particular necesita EORI para una compra por internet?
Normalmente no cuando se trata de una compra ocasional para uso personal. Si existe habitualidad o finalidad comercial, Aduanas puede exigirlo.
¿Un dropshipper necesita EORI?
Dependerá de quién figure como importador. Si el dropshipper importa las mercancías en la Unión por cuenta propia, necesitará EORI. Si el consumidor es jurídicamente el importador, el análisis será diferente, aunque pueden existir otras obligaciones de IVA, IOSS, consumo y protección al consumidor.
¿El EORI permite deducir el IVA o el IGIC de importación?
No por sí solo. La deducción exige cumplir los requisitos del impuesto, disponer de la documentación aduanera y actuar como importador con derecho a deducción.
¿Necesito EORI si solo compro servicios extranjeros?
Generalmente no, porque no existe despacho aduanero de mercancías. Sí deberá analizarse el IVA o el IGIC mediante inversión del sujeto pasivo.
¿Una empresa canaria necesita EORI para comprar en Península?
Puede necesitarlo para las formalidades aduaneras derivadas de la entrada de mercancías en Canarias. Deben analizarse el DUA, el IGIC a la importación y quién figura como importador.
¿Una empresa extranjera puede solicitarlo mediante representante?
Sí, siempre que la representación esté correctamente acreditada y España sea competente para asignar el número.
¿Qué sucede si ya tengo EORI en otro país de la UE?
Debe utilizar ese mismo número. Si dispone también de NIF español, podrá solicitar su asociación ante la AEAT.
Conclusión
El número EORI es el identificador que permite a empresas, autónomos y otros operadores actuar ante las autoridades aduaneras de la Unión Europea.
En España suele estar formado por el prefijo ES seguido del NIF, pero disponer de NIF no garantiza por sí solo que el operador se encuentre correctamente activado.
Antes de importar o exportar conviene comprobar:
Quién será el importador o exportador.
Si la operación necesita despacho aduanero.
Qué Estado miembro debe asignar el EORI.
Si la empresa ya dispone de uno.
Si necesita previamente un NIF español.
Qué documentos debe aportar.
Si existen licencias o controles sobre el producto.
Qué consecuencias tienen el Incoterm y el lugar de entrada.
Cómo se liquidarán el IVA, el IGIC y los derechos arancelarios.
El trámite puede ser sencillo para una empresa española con sus datos censales actualizados. Sin embargo, puede complicarse cuando intervienen entidades no residentes, sucursales, números asignados por otros Estados o mercancías sometidas a controles especiales.
Solicitarlo con antelación evita que la primera operación de comercio exterior quede paralizada precisamente en el lugar más costoso: la Aduana.
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